En el ámbito de la contratación pública, el conflicto de interés no se mide únicamente por si se demuestra una intención indebida. Se mide por el riesgo objetivo: situaciones en las que una participación previa puede traducirse en influencia, ya sea real o aparente, sobre el diseño o la conducción de una licitación. Este riesgo objetivo es de suma importancia, ya que la imparcialidad, la igualdad de trato y la libre competencia son principios fundamentales que garantizan la validez del procedimiento.
Por lo tanto, en el caso de la licitación del Monorriel de Santo Domingo, la cuestión central no es cómo “calmar las aguas”, sino si existe un vicio impugnable: una posible ventaja indebida derivada de trayectorias previas y de influencias que usualmente no se reflejan en los documentos, pero que pueden influir en las decisiones a través de una capa ejecutiva externo que actúa como rostro externo mientras otros intereses operan en las sombras.
Es importante destacar que impugnar no es simplemente un gesto de obstaculización, sino que también es un acto de gobernanza democrática. La impugnación es un mecanismo que funciona para proteger la legalidad, el control de la integridad y la rendición de cuentas; su propósito es corregir prácticas inapropiadas, elevar los estándares y sentar un precedente de integridad. No se trata de ser una barrera en el camino del progreso, sino de ejercer el derecho ciudadano de exigir que el Estado contrate cumpliendo con las normas, que sus decisiones estén debidamente motivadas y sean transparentes en todo momento.
En los grandes proyectos, la integridad no se declara, se demuestra. Se demuestra a través de un expediente que pueda resistir una auditoría en cualquier momento. La integridad, en términos sencillos, es un sistema de controles que deja un registro claro: quién tomó la decisión, con qué base, qué documentos respaldan cada paso y qué medidas se tomaron para proteger la igualdad entre los ofertantes. En ese sentido, el estándar mínimo no es simplemente “confíen en nosotros”, sino “aquí están las pruebas para que puedan verificarlo”.
Es aquí adonde la ciudadanía juega un papel crucial que no debe subestimarse. En los grandes proyectos, cuando las contrataciones se concentran en unas pocas empresas y la explicación pública es insuficiente, impugnar no es un acto de confrontación, sino una forma de exigir que el progreso se realice de la manera correcta, con reglas claras y evidencias que puedan ser verificadas. También es una forma de templar el sistema: si el Estado sabe que cada una de sus acciones puede ser revisada rigurosamente, elevará los estándares antes de tomar una decisión, en lugar de hacerlo después de que surjan problemas.
Es importante entender que el conflicto de interés no se limita únicamente al ámbito financiero. En una licitación compleja, el dinero puede ser lo menos importante. La ventaja indebida suele ser más sutil, como por ejemplo, tener acceso a información privilegiada, tener antecedentes en el diseño o poder influir en el causa de alguna manera. Pueden ser cuestiones técnicas sensibles, como los riesgos del subsuelo, las restricciones urbanas, los criterios de mantenimiento y las condiciones de operación, que pueden cambiar drásticamente el costo del proyecto. Asimismo, también puede ser importante tener conocimiento de cómo se van a repartir los riesgos y los pagos, y por dónde pasarán los criterios de aprobación o rechazo de una oferta.
Es importante recordar un acontecimiento que ya ha sucedido en nuestro país: cuando un causa se inicia con reglas que




